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Incompatibilidad Comites-Patronatos: la opinión del gobierno italiano.

 

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26 de julio de 2015 - En una opinión difundida el pasado 21 de julio por la oficina encargada de los Comites de la Dirección General para los Italianos en el Extranjero del Ministerio de Relaciones Exteriores, se comunica que «Reconociendo el perfil institucional de los Patronatos» se aplica «la causa de inelegibilidad de sus miembros dentro de los Com.It.Es, como indica el art. 5 párrafo 4 de la Ley 286/2003».

Se trata de interpretación —para la cual fue consultada también el área jurídica del Ministerio— enviada para responder a las numerosas peticiones enviadas por la red diplomática-consular al Ministerio de Relaciones Exteriores tras las recientes elecciones de los Comites.

El escrito, por una parte, aclara una pregunta muy debatida —que en algunos casos ha resultado en denuncias ante los Tribunales Administrativos Regionales y en otros ha provocado el estancamiento de los nuevos comités— pero, por otra, regresa la pelota a los Comites ya que «pertenece, exclusivamente, a los Com.It.Es. la responsabilidad y la autoridad para deliberar en materia de motivos de inelegibilidad o incompatibilidad, según lo indicado por el art. 7 del Decreto Presidencial del 29 de diciembre de 2003, n. 395».

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Haz clic aquí para descargar el texto completo de la opinión del Ministerio de Relaciones Exteriores (en italiano).

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(aise / puntodincontro.mx / adaptación y traducción al español de massimo barzizza)